Código Ético

Índice

1.     INTRODUCCIÓN

2.     SOSTENIBILIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA

3.     ÁMBITO DE APLICACIÓN

4.     CONDUCTA POCO ÉTICA

5.     OBJETIVOS DEL CÓDIGO ÉTICO

6.     PRINCIPIOS GENERALES

7.     CONTROL INTERNO

8.     CRITERIOS DE CONDUCTA

8.1.          Transparencia de cara al mercado

APARTADO II: Criterios de conducta de los colaboradores

8.2.          Selección de colaboradores

8.3.          Desarrollo y protección de los colaboradores

8.4.          Salud y seguridad

8.5.          Integridad y protección de la persona

8.6.          Protección de la personalidad individual

8.7.          Gestión de la información

8.8.          Confidencialidad y privacidad

8.9.          Registro y difusión de información

8.10.        Conflictos de interés

8.11.        Intereses de los directores

8.12.        Protección de los activos de la empresa y cumplimiento de la política de TI

APARTADO III: Criterios para el desarrollo de actividades comerciales

8.13.        Normas generales

8.14.        Programa anticorrupción

8.15.        Obsequios y caridad

8.16.        Relación con el cliente y calidad de los productos

8.17.        Relaciones con proveedores

8.18.        Relaciones con instituciones

8.19.        Medioambiente

8.20.        Relaciones económicas con partes políticas, organizaciones sindicales y asociaciones

8.21.        Relaciones con autoridades antimonopolio y organismos normativos

8.22.        Subvenciones y financiación

8.23.        Medios de comunicación

8.24.        Blanqueo de capitales y terrorismo

8.25.        Exportación de productos

8.26.        Propiedad intelectual

8.27.        Competencia leal

8.28.        Crimen organizado

9.     MÉTODOS DE IMPLEMENTACIÓN

9.1.          Comunicación y formación

9.2.          Conflicto con el código ético

9.3.          Gestión de informes de denuncia de irregularidades

10.   SANCIONES

  1. INTRODUCCIÓN

La misión del Grupo Interpump (en adelante, también «Grupo» o «Interpump») es aspirar a la excelencia en la gestión a través de la innovación y la calidad. La innovación es un objetivo permanente y el resultado de una constante investigación en materiales, técnicas y productos, que se lleva a cabo con la ayuda de los equipos más avanzados. La calidad caracteriza todas las actividades del Grupo. Un requisito previo para garantizar la calidad es controlar y verificar de forma meticulosa, metódica y constante cada paso de la producción, desde la adquisición de las materias primas hasta el producto final. La calidad garantizada por Interpump es el resultado de una cultura compartida y generalizada dentro de cada empresa. Los productos están diseñados para ser eficientes, fáciles e inteligentes de usar, para estar garantizados y ser capaces de cumplir con los requisitos del mercado y, en la medida de lo posible, limitar el consumo de energía, respetando al usuario y al medioambiente.

  1. SOSTENIBILIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA

Interpump Group S.p.A. y sus filiales se inspiran en los principios de imparcialidad, honestidad, rectitud, confidencialidad, transparencia, equidad, cohesión, colaboración, trabajo en equipo, ética profesional y respeto de la diversidad.

La empresa matriz, Interpump Group S.p.A., adopta un sistema de gobierno corporativo alineado con las mejores prácticas internacionales de gobierno corporativo y garantiza la máxima transparencia en lo que respecta a la sostenibilidad y la responsabilidad social corporativa, a través del diálogo y la participación de sus partes interesadas, es decir, las categorías de personas, grupos o instituciones cuya contribución es necesaria para que la misión de Interpump sea una realidad y que tienen intereses significativos en torno a las actividades de la empresa.

El Grupo Interpump fomenta un desarrollo sostenible y se compromete a crear valor a largo plazo en beneficio de sus partes interesadas y la comunidad que lo rodea. En el desarrollo de sus actividades empresariales, Interpump fomenta el respeto a los derechos humanos, laborales, medioambientales, sociales, económicos y culturales, así como la protección de la libertad individual, en todas sus formas, rechazando cualquier tipo de discriminación, violencia, corrupción, trabajo forzado o explotación del trabajo infantil.

El Grupo Interpump se adhiere a las directrices de la OCDE para empresas multinacionales y a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

El Grupo Interpump también se compromete a medir y comunicar externamente su desempeño en materia de sostenibilidad, sobre todo en los aspectos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés).

El Código ético (en adelante también denominado simplemente el «Código»), expresa los compromisos y responsabilidades éticas en la gestión comercial y de las actividades de la empresa, asumidos por todos los colaboradores del Grupo Interpump sin distinciones ni excepciones, ya sean directores, empleados o colaboradores en su sentido más amplio, es decir, incluidas todas las personas que puedan ejercer, aunque sea de facto, la gestión y el control de una de las empresas del Grupo o actuar en nombre o por cuenta de la misma.

Con respecto a los consultores, proveedores y otros terceros, incluidos los clientes, que tengan relaciones con las empresas del Grupo (en adelante, también denominados «Terceros»), la firma del presente Código, o de un extracto del mismo, o, en cualquier caso, el cumplimiento de las disposiciones y principios que establece, es una condición sine qua non para la celebración de contratos de cualquier tipo entre Interpump y dichas partes. Las disposiciones así suscritas o, en todo caso, aprobadas incluso por hechos concluyentes, constituyen una parte integrante de los propios contratos.

  1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

La adopción del Código ético es obligatoria para Interpump Group S.p.A. y para todas las empresas del Grupo Interpump y, en consecuencia, es vinculante en lo que respecta a la conducta de todos los colaboradores y, siempre que corresponda, de terceros. Cada empresa del Grupo es responsable de facilitar el Código ético a terceros, incluso si su relación es intermitente o temporal, y exigirles que cumplan con los principios y obligaciones establecidos en el presente Código en el ejercicio de sus actividades. Asimismo, Interpump tomará todas las iniciativas necesarias en caso de incumplimiento o cumplimiento parcial del compromiso asumido para cumplir con las disposiciones del Código y en referencia a las mismas, teniendo en cuenta que el incumplimiento de las disposiciones que contiene pueden ser motivo para concluir la relación subyacente con el tercero.

El Código ético es válido tanto en Italia como en el extranjero, teniendo en cuenta la diversidad cultural, social, económica y normativa de los distintos países en los que opera el Grupo.

  1. CONDUCTA POCO ÉTICA

En la gestión comercial, una conducta poco ética compromete la relación de confianza entre el Grupo Interpump y sus partes interesadas.

La conducta de cualquier persona, ya sea un individuo o una organización, que pretenda apropiarse de las ventajas de colaborar con otros aprovechando posiciones de poder es poco ética y favorece la suposición de actitudes hostiles.

  1. OBJETIVOS DEL CÓDIGO ÉTICO

Una buena reputación es un activo intangible esencial,

ya que de cara al exterior favorece la inversión de los accionistas, la fidelización de los clientes, la atracción de los mejores recursos humanos, la tranquilidad de los proveedores y la fiabilidad frente a los acreedores. Este Código ético fija los objetivos de la gestión empresarial según unos criterios de ética y conducta profesional, un desarrollo sostenible y rentabilidad en las relaciones internas (alta dirección, dirección, empleados) y externas a la empresa (empresa y mercado), con el objetivo de favorecer unas líneas de conducta inequívocas, así como los beneficios económicos derivados de la consolidación de una reputación corporativa positiva.

  1. PRINCIPIOS GENERALES

El Código constituye un conjunto de principios, cuyo respeto es de fundamental importancia para el funcionamiento normal, la fiabilidad de la gestión y la imagen del Grupo Interpump. Las operaciones, la conducta y las relaciones, tanto internas como externas, de la empresa se basan en estos principios.

Imparcialidad

En las decisiones que afecten a relaciones con partes interesadas (selección de los clientes, relaciones con accionistas, gestión del personal u organización del trabajo, selección y gestión de proveedores, relaciones con la comunidad vecina y las instituciones que la representan), las empresas del Grupo se esforzarán para evitar cualquier tipo de discriminación basada en cuestiones de edad, sexo, orientación sexual, salud, raza, nacionalidad, opiniones políticas y religión de sus interlocutores.

Integridad

En el ámbito de su actividad profesional, los colaboradores de las empresas del Grupo Interpump, así como los terceros que tengan relaciones con las empresas del Grupo, están obligados a cumplir diligentemente con las leyes vigentes y aplicables a nivel local, así como con el presente Código ético. La convicción de actuar en beneficio o en el interés de Interpump no podrá justificar en modo alguno, ni siquiera en parte, la adopción de conductas contrarias a los principios y contenidos del Código.

Equidad

En la realización de cualquier actividad, los colaboradores del Grupo están obligados a adoptar una conducta basada en los principios de equidad, transparencia y profesionalidad. Por lo tanto, los colaboradores deben evitar actuar si existen conflictos, aunque solo sean potenciales, entre los intereses personales, aunque sean indirectos, y los intereses de Interpump.

Confidencialidad

Sobre todo en lo que respecta al cumplimiento de los reglamentos sobre la protección de los conocimientos y la información comercial confidenciales contra la adquisición, el uso y la divulgación ilegales, el Grupo Interpump garantiza la confidencialidad de la información, los documentos, los estudios, las iniciativas, los proyectos y los contratos en su poder, además de establecer las medidas adecuadas para proteger dichos recursos informativos y evitar que el personal no autorizado acceda a ellos. Asimismo, se abstiene de intentar apoderarse y tomar posesión de datos o información confidenciales en contra de la normativa vigente.

El valor de los recursos humanos

Los colaboradores son un componente esencial para el éxito del Grupo Interpump. Por este motivo, Interpump protege y fomenta el valor de los recursos humanos para mejorar y aumentar la riqueza de conocimientos y aptitudes que posee cada colaborador.

El Grupo Interpump persigue y fomenta, en cada actividad, el respeto de los derechos humanos y, en concreto, el respeto a la vida humana, la libertad y la dignidad de la persona, la justicia, la equidad y la solidaridad, y exige a los terceros que garanticen un respeto similar.

Interpump garantiza la integridad física y moral de sus colaboradores, garantizando, en concreto, unas condiciones de trabajo que respeten la dignidad individual y un ambiente de trabajo seguro y saludable. Asimismo, los terceros están obligados a garantizar la integridad física y moral de su personal, tanto asalariado como no asalariado, garantizando, en concreto, unas condiciones de trabajo que respeten la dignidad individual y unos ambientes de trabajo seguros y saludables.

El Grupo Interpump garantiza la libertad de asociación de los trabajadores y reconoce el derecho a la negociación colectiva.

En ningún caso se tolerarán solicitudes o amenazas dirigidas a incitar a los colaboradores o a terceros a actuar en contra de la ley o del presente Código ético.

Equidad en el ejercicio de la autoridad

En todas las relaciones que impliquen el establecimiento de relaciones jerárquicas, sobre todo con los colaboradores, las empresas del Grupo se comprometen a que la autoridad se ejerza con equidad e imparcialidad, evitando cualquier tipo de abuso. En concreto, el Grupo Interpump garantiza que la autoridad no se convierta en el ejercicio del poder en detrimento de la dignidad y autonomía de los colaboradores y que las opciones de organización del trabajo protejan la dignidad y el valor de los colaboradores.

Responsabilidad

Cada colaborador realiza su trabajo y presta sus servicios con diligencia, eficiencia y equidad, utilizando de la mejor manera posible las herramientas y el tiempo que tiene a su disposición y asumiendo las responsabilidades asociadas a las funciones que le incumben.

Comunicación

Cada empresa del Grupo Interpump deberá informar a sus colaboradores y terceros sobre las disposiciones y la aplicación del presente Código ético, recomendando su observancia. En concreto, prevé la difusión de este Código a sus destinatarios, la interpretación y aclaración de las disposiciones que contiene, la verificación de su pleno cumplimiento y la actualización del mismo en relación con los requisitos que se planteen ocasionalmente.

  1. CONTROL INTERNO

En lo que respecta al control interno, el Grupo Interpump adopta sistemas específicos destinados a (i) comprobar la adecuación de los distintos procesos de la empresa en cuanto a eficacia, eficiencia y rentabilidad; (ii) garantizar la fiabilidad y corrección de los registros contables y la preservación de los activos de la empresa; (iii) velar por el cumplimiento operativo de las normas internas y externas; (iv) garantizar la trazabilidad de los procesos y el archivado de la documentación; y (v) garantizar la correcta atribución de competencias y el cumplimiento de los principios de reparto de funciones. El sistema de control interno es específico de Interpump Group S.p.A. y está compuesto por los controles que las empresas realizan de sus propios procesos, delegados a la responsabilidad principal de la gestión operativa. Estos controles se consideran una parte integral de todos los procesos de la empresa.

  1. CRITERIOS DE CONDUCTA
    1. Transparencia de cara al mercado

Interpump Group desarrolla su misión asegurando la total transparencia de sus elecciones. Para ello, la empresa matriz, Interpump Group S.p.A., se compromete a garantizar una relación constante y abierta con los accionistas e inversores institucionales en general, ofreciendo toda la información necesaria, así como el conocimiento del mercado en cuanto a la gestión y los eventos corporativos, que puede influir significativamente en el valor de los instrumentos financieros emitidos.

En concreto, Interpump Group S.p.A. adopta un sistema de normas destinado a regular las relaciones con los accionistas e inversores, en línea con las mejores prácticas de gobierno corporativo y en cumplimiento de la normativa aplicable a las empresas cotizadas. En este contexto, las relaciones se caracterizan por la máxima transparencia y una comunicación oportuna, con el objetivo de permitir a los accionistas e inversores tomar decisiones informadas.

APARTADO II: Criterios de conducta de los colaboradores

  1. Selección de colaboradores

La evaluación de las personas a contratar se basa siempre en la correspondencia de los perfiles de los candidatos con los requisitos previstos y las necesidades de la empresa, respetando el principio de igualdad de oportunidades en el empleo y la prohibición de discriminación por razón de raza, color, sexo, religión, nacionalidad y edad, en relación con todos los interesados. La información solicitada está estrictamente relacionada con la verificación de los aspectos previstos por el perfil profesional y de aptitudes psicológicas, respetando la privacidad y las opiniones del candidato.

Cada empresa del Grupo Interpump se compromete a no favorecer candidatos indicados por terceros y, en concreto, por personas pertenecientes a las administraciones públicas o clientes de la empresa.

El Grupo Interpump prohíbe todas las formas de trabajo forzado y explotación infantil y no tolera las violaciones de los derechos humanos, en estricto cumplimiento no solo de la legislación italiana, sino también de los convenios internacionales pertinentes y otras leyes vigentes y aplicables localmente.

Asimismo, el Grupo no tolera ningún tipo de trabajo irregular y, especialmente, no da empleo ya sea de forma directa o indirecta a ciudadanos de países terceros sin un permiso de trabajo válido. El respeto de este principio también se exige a los terceros. De forma más general, queda prohibida toda conducta dirigida a facilitar ilegalmente la entrada en el territorio del Estado o de otro Estado a toda persona que no sea ciudadana o no tenga residencia permanente, así como toda conducta destinada a facilitar su estancia ilegal.

  1. Desarrollo y protección de los colaboradores

Los directivos y responsables de las funciones del Grupo Interpump deben velar por garantizar el respeto de la igualdad de oportunidades, también en la gestión de la relación laboral, por mantener los lugares de trabajo libres de discriminación y por identificar y resolver de inmediato cualquier problema al respecto.

Cada director está obligado a aprovechar al máximo la jornada laboral de sus colaboradores, exigiendo un rendimiento acorde con el desempeño de sus funciones y con los planes de organización del trabajo, sin perjuicio del cumplimiento de las normas vigentes con respecto a la jornada laboral, los períodos de descanso y las vacaciones.

Se considerará un abuso de un puesto de autoridad el hecho de solicitar, como acto debido a un superior jerárquico, servicios, favores personales o cualquier conducta que constituya una infracción del presente Código.

El Grupo Interpump fomenta la participación de sus colaboradores en el desempeño de su trabajo, previendo también momentos de participación en discusiones y decisiones funcionales para la consecución de los objetivos de la empresa. Escuchar los diversos puntos de vista, conforme a los requisitos de la empresa, permite al director plantear las decisiones finales. Sin embargo, los colaboradores siempre deben participar en la implementación de las decisiones adoptadas.

El Grupo Interpump considera que los conocimientos y las aptitudes de sus colaboradores son elementos esenciales en la aspiración a la excelencia y un crecimiento sostenible. El Grupo impulsa iniciativas de formación, comprometiéndose a ofrecer herramientas y momentos de interacción, coordinación y acceso a los conocimientos en todos los niveles de la empresa.

  1. Salud y seguridad

Cada empresa del Grupo Interpump se compromete a difundir y consolidar una cultura de seguridad y concienciación en torno a los riesgos del incumplimiento de la normativa vigente a nivel local, fomentando una conducta responsable de todos los colaboradores. También trabaja para preservar, especialmente mediante acciones preventivas, la salud y la seguridad de los empleados, así como los intereses de otras partes interesadas.

El objetivo de cada empresa del Grupo es proteger sus recursos humanos, patrimoniales y financieros, buscando constantemente las sinergias necesarias, no solo a nivel interno, sino también con terceros, como los proveedores, las empresas y los clientes involucrados. Para ello, el Grupo Interpump lleva a cabo intervenciones de carácter técnico y organizativo a través de:

  • un análisis continuo del riesgo y la criticidad de los procesos, con referencia a los recursos a proteger;
  • una mejora continua de las actividades de prevención;
  • la preparación y actualización oportuna de las medidas y medios necesarios;
  • la adopción de las mejores tecnologías;
  • el control y la actualización de los métodos de trabajo; y
  • la planificación e implementación de los itinerarios de formación y las vías de comunicación, así como su programación.

El Grupo Interpump, en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de seguridad aplicable para los fines mencionados anteriormente, basa su conducta en los siguientes principios:

  • la evaluación y eliminación de los riesgos y, cuando esto no sea posible, su reducción al mínimo y, si es posible, en su origen;
  • la sustitución de lo peligroso por lo que no sea peligroso o sea menos peligroso;
  • el respeto de los principios de ergonomía en el diseño de los lugares de trabajo y en la selección del equipo de trabajo, el método de trabajo y el método de producción, especialmente para mitigar las tareas monótonas y repetitivas y reducir los efectos de dichas tareas para la salud;
  • análisis del nivel de desarrollo técnico;
  • la planificación de la prevención, orientada a un conjunto coherente compuesto por la técnica, la organización del trabajo, las condiciones laborales, las relaciones sociales y la influencia de los factores en el entorno de trabajo;
  • la prioridad de las medidas de protección colectivas por encima de las medidas de protección individuales;
  • la adecuación de las instrucciones dadas a los trabajadores.

El Grupo Interpump se basa en estos principios para adoptar las medidas necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, incluidas las actividades de evaluación de riesgos, información y formación, y, con carácter más general, para establecer una organización y unos medios funcionales para la consecución del objetivo.

Dentro de cada empresa del Grupo Interpump, tanto la alta dirección como los niveles operativos deben cumplir con estos principios, sobre todo en el momento de tomar decisiones o hacer elecciones y, posteriormente, cuando se deban implementar dichas elecciones.

Los terceros también deberán garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en este párrafo.

  1. Integridad y protección de la persona

El Grupo Interpump se compromete a proteger la integridad moral de sus colaboradores, garantizando el derecho a unas condiciones laborales que respeten la dignidad personal. Por este motivo, protege a los trabajadores de actos de violencia psicológica y se opone a cualquier actitud o conducta discriminatoria o dañina para la persona, sus creencias y preferencias (por ejemplo, en el caso de insultos, amenazas, aislamiento o intrusión excesiva, y limitaciones profesionales).

Las empresas del Grupo Interpump prohíben a sus colaboradores, en cualquier situación, adoptar conductas que puedan constituir acoso sexual, así como conductas o expresiones que puedan ofender la sensibilidad de una persona.

Los colaboradores que crean haber sido objeto de acoso o discriminación por motivos de edad, sexo, sexualidad, raza, estado de salud, nacionalidad, opiniones políticas o creencias religiosas, podrán denunciar los hechos a través de los canales previstos al efecto por la Procedimientode gestión de informes de denuncia de irregularidades a Encargados de la Gestión de los Informes(para más información, consulte el párrafo 9.3). Cualquier diferencia de trato no es ni puede ser considerada una discriminación si está justificada o es justificable según unos criterios objetivos.

  1. Protección de la personalidad individual

El Grupo Interpump condena cualquier actividad que pueda implicar la explotación o sumisión de un individuo y reconoce también la importancia fundamental de la protección de los menores y la represión de cualquier forma de explotación del trabajo infantil.

De modo que el Grupo se compromete a no llevar a cabo ninguna forma de explotación o de reducción a un estado de sumisión de ninguna persona, incluidos los menores. Los terceros que trabajan con o en nombre de las empresas del Grupo Interpump deberán garantizar un compromiso similar.

  1. Gestión de la información

La empresa matriz, Interpump Group S.p.A., es una empresa que se rige por la legislación italiana y que cotiza en el segmento FTSE MIB – Euronext Star Milan de la bolsa de valores de Italia y, por lo tanto, la gestión de la información privilegiada, es decir, información de carácter preciso, no pública, que afecta de forma directa o indirecta a Interpump Group S.p.A. y que, de hacerse pública, podría tener un efecto significativo en el precio de las acciones cotizadas en el mercado, es de particular importancia. Todos los colaboradores de Interpump Group S.p.A. están obligados, en el ámbito de las funciones que se les han asignado, a gestionar correctamente la información privilegiada, así como a conocer y respetar los procedimientos y normas de la empresa sobre un mal uso de la información privilegiada y el abuso de mercado. A tal efecto, queda expresamente prohibido adoptar una conducta de forma que constituya, o pueda facilitar, el uso de la información privilegiada o casos de uso de información privilegiada y, en cualquier caso, la compra o venta de acciones de Interpump Group S.p.A. estando en posesión de información privilegiada o confidencial.

  1. Confidencialidad y privacidad

La información, los datos y los conocimientos adquiridos, procesados y gestionados por los colaboradores en el desempeño de su trabajo deben permanecer en estricta confidencialidad y protegerse de forma adecuada. No podrán ser utilizados, comunicados o en ningún caso divulgados tanto dentro como fuera de la empresa a la que pertenezcan o a la que se refieran, salvo en cumplimiento de la normativa aplicable y los procedimientos de la empresa.

Los colaboradores de las empresas del Grupo Interpump deben mantener la confidencialidad de la información a la que tengan acceso debido a sus funciones, prestando la máxima atención y evitando, con su conducta, revelar a compañeros o terceros cualquier información perteneciente a la propia empresa que aún no sea de conocimiento público. Ante solicitudes de datos e información confidencial de la empresa procedentes de terceros, tales como amigos, particulares, periodistas, analistas financieros e inversores, los colaboradores deberán abstenerse de suministrar, ya sea directa o indirectamente, tales datos e información, reservándose el derecho a dirigir la solicitud a la función de la empresa a la que competa.

El Grupo Interpump adopta las medidas adecuadas para la protección de los datos de carácter personal y garantiza su tratamiento de conformidad con la legislación vigente.

Asimismo, los terceros están obligados a garantizar la total confidencialidad de la información relativa a Interpump a la que tengan acceso como consecuencia de sus funciones y a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la máxima seguridad de la información y de los sistemas en los que se almacena. Los terceros responsables del tratamiento de datos personales están obligados a garantizar que dicho tratamiento se realice de conformidad con la normativa vigente.

  1. Registro y difusión de información

En el desempeño de su trabajo y en el ámbito de sus competencias y responsabilidades, todos los empleados deben registrar y tratar los datos y la información con exactitud, precisión y exhaustividad de conformidad con la normativa aplicable en cada momento.

Los registros y justificantes contables y financieros deben inspirarse en estos valores, reflejando con exactitud lo que se describe en la documentación justificativa.

Los registros contables y la información financiera no se pueden transmitir ni divulgar a terceros sin el previo consentimiento de la función corporativa a la que competa. Con este propósito, el Grupo Interpump implementa y mantiene activas y actualizadas, a través de sus estructuras internas que rigen los sistemas de información, las funciones de los sistemas operativos y las aplicaciones corporativas destinadas a prevenir la divulgación o manipulación no autorizada de los datos corporativos.

  1. Conflictos de interés

Todos los colaboradores de las empresas del Grupo están obligados a evitar situaciones en las que puedan surgir conflictos de interés y a abstenerse de aprovechar personalmente las oportunidades de negocio de las que puedan tener conocimiento durante el ejercicio de sus funciones. A modo de ejemplo y sin carácter limitativo, las siguientes situaciones pueden dar lugar a conflictos de interés:

  • Ocupar un puesto directivo (director general, director, jefe de departamento) y tener intereses económicos con proveedores, clientes o competidores (titularidad de acciones, nombramientos profesionales, etc.), también a través de familiares hasta el cuarto grado de parentesco.
    • Mantener relaciones con proveedores y desempeñar trabajos con proveedores, aunque sea por parte de un familiar hasta el cuarto grado de parentesco.
    • Aceptar efectivo o favores de personas o empresas que mantengan o pretendan mantener relaciones comerciales con Interpump.
    • Poner a disposición de terceros, por parte de un empleado, información confidencial obtenida en el desempeño de sus funciones o utilizarla para su beneficio personal.

Incluso si solo se trata de la aparición de un conflicto de interés o cualquier otro caso en que existan motivos graves de conveniencia, el colaborador, que no sea un director (véase el párrafo siguiente), está obligado a informar a su supervisor. El colaborador también está obligado a proporcionar la debida información sobre las actividades realizadas fuera del horario laboral en caso de que estas puedan entrar o entren en conflicto con los intereses de la empresa.

  1.  Intereses de los directores

Si los directores de las empresas del Grupo, tuvieran intereses por cuenta propia o de terceros en una determinada operación, deberán informar al resto de directores y al organismo de control, si lo hubiera, especificando su naturaleza, condiciones, origen y alcance. Si se trata de un director gerente, también deberá abstenerse de llevar a cabo la operación. Si se trata de un director único, deberá notificarlo a la primera junta de accionistas útil. En los casos anteriores, el motivo de la operación y su conveniencia para la empresa deberán, en todo caso, justificarse adecuadamente.

  1.  Protección de los activos de la empresa y cumplimiento de la política de TI

Cada colaborador está obligado a actuar con diligencia para proteger los activos de la empresa mediante una conducta responsable y conforme a los procedimientos operativos diseñados para regular su uso. En concreto, cada colaborador deberá

  • utilizar escrupulosamente los activos que le hayan sido confiados;
  • evitar el uso indebido de los activos de la empresa que puedan perjudicar o reducir la eficiencia o, en todo caso, que entren en conflicto con los intereses de su propia empresa.

Cada colaborador es responsable de proteger los recursos que se le confían y tiene el deber de informar de inmediato a su superior directo acerca de cualquier amenaza o acontecimiento perjudicial. La protección y la conservación de los activos corporativos constituyen un valor fundamental para garantizar los intereses de la empresa y los colaboradores son responsables (en el desempeño de sus actividades corporativas) no solo de proteger estos activos, sino también de evitar su uso fraudulento o indebido. El uso de los activos corporativos por parte de los colaboradores debe estar exclusivamente destinado y ser funcional para el desempeño de las actividades corporativas o para los fines autorizados por las funciones corporativas en cuestión.

Las empresas del Grupo Interpump se reservan el derecho de evitar un uso inadecuado de sus activos mediante el uso de sistemas de contabilidad, informes de control financiero y análisis y prevención de riesgos, en cumplimiento de lo dispuesto por la legislación vigente (ley de protección de la privacidad, estatuto de los trabajadores, etc.).

En lo que respecta a las aplicaciones informáticas, cada colaborador está obligado a

  • cumplir escrupulosamente con lo dispuesto en las políticas de seguridad corporativas, con el fin de no comprometer la funcionalidad y protección de los sistemas de TI;
  • no enviar mensajes de correo electrónico amenazantes e insultantes;
  • no utilizar un lenguaje de bajo nivel;
  • no realizar comentarios inapropiados que puedan ofender a una persona o dañar la imagen corporativa o de su propia empresa; y
  • no navegar por sitios de internet con contenidos indecorosos u ofensivos.

Asimismo, queda prohibido a todos los colaboradores difundir contraseñas o códigos de acceso en su posesión sea cual sea el motivo. También se prohíbe a todos los colaboradores facilitar el acceso no autorizado a los sistemas informáticos de otras personas y mantener cualquier tipo de conducta orientada a destruir o dañar los sistemas informáticos o la información. En general, todos los colaboradores están obligados en cualquier caso a respetar los principios de equidad, integridad, adecuación y confidencialidad cuando utilicen aplicaciones de TI, de conformidad con las políticas adoptadas por la empresa al respecto. En todo caso, deberá evitarse cualquier conducta que pueda, de algún modo, aunque sea potencialmente, suponer una infracción de las disposiciones de la legislación aplicable y de las políticas vigentes de su propia empresa.

APARTADO III: Criterios para el desarrollo de actividades comerciales

  1.  Normas generales

Solo podrán mantener relaciones comerciales con terceros las personas autorizadas al efecto conforme al organigrama de su propia empresa, las órdenes de prestación de servicios, las delegaciones o los poderes legales.

Los colaboradores, en las relaciones comerciales con terceros, están obligados a comportarse de forma ética y de conformidad con las leyes aplicables, y a caracterizarse por la máxima equidad, transparencia e integridad.

En las relaciones personales y las relaciones comerciales o promocionales, se prohíben las prácticas y conductas ilegales, colusorias o potencialmente ilegales, los pagos ilícitos, la incitación a la corrupción, el soborno, el favoritismo, las insinuaciones efectuadas directamente o a través de terceros para obtener beneficios personales y profesionales en propio beneficio o en el de otros, que sean contrarias a las leyes, reglamentos o disposiciones del presente Código ético. Esta prohibición abarca la oferta, directa o indirecta, de servicios gratuitos con el objetivo de influir en las decisiones o en las transacciones.

La adquisición de información relativa a terceros, ya sea de fuentes públicas o privadas o a través de organismos u organizaciones especializadas, debe realizarse por medios lícitos, de conformidad con la legislación vigente. En el caso de que los colaboradores tuvieran acceso a información confidencial, se comprometen a manejarla con la máxima discreción y confidencialidad para evitar que su empresa sea acusada de apropiación y uso indebido de dicha información.

  1.  Programa anticorrupción

El Grupo Interpump reitera su condena firme a cualquier forma de corrupción pública o privada, con la adopción de todas las medidas necesarias para prevenir la comisión de un delito de corrupción, en todas sus formas y manifestaciones.

Se prohíbe cualquier conducta, por parte de cualquier persona, que consista en prometer u ofrecer, directa o indirectamente, dinero u otros beneficios a particulares, funcionarios públicos o personas a cargo de un servicio público, ya sea local o extranjero, de los cuales Interpump pueda obtener un beneficio indebido o intereses o ventajas ilícitas. Dicha conducta no está permitida tanto si la realiza directamente cada empresa del Grupo, a través de sus colaboradores, como si la realiza a través de terceros que actúen en nombre de Interpump. Los terceros están obligados a adecuar su conducta a los principios anticorrupción tanto en las relaciones con las entidades públicas como en las relaciones con las entidades privadas, de conformidad con la normativa aplicable.

Las personas designadas por Interpump para realizar el seguimiento de alguna solicitud o, en todo caso, relacionarse con la administración pública, ya sea local o extranjera, no deberán intentar influir de forma indebida sus decisiones bajo ningún pretexto. Asimismo, se prohíbe cualquier conducta destinada a influir de forma ilegítima en el resultado de procedimientos penales, civiles y administrativos.

De conformidad con su política de lucha contra toda forma de corrupción, el Grupo Interpump se compromete a efectuar las siguientes actividades, entre otras: (i) la difusión de una cultura contraria a cualquier forma de corrupción en la empresa; (ii) la evaluación de las contrapartes contractuales; (iii) la adopción de programas de comunicación y formación; y (iv) la supervisión constante de la necesidad de actualizar los sistemas procedimentales.

Para ello, el Grupo Interpump ha adoptado un modelo organizativo capaz de:

  • gestionar y supervisar actividades relacionadas con obsequios, donaciones y gastos de atenciones;
  • gestionar y supervisar el proceso de selección, contratación y evaluación del personal;
  • supervisar los procesos orientados a definir los estados financieros reglamentarios y los estados financieros consolidados, garantizando su corrección y transparencia;
  • garantizar la supervisión y la trazabilidad de los flujos financieros;
  • garantizar la correcta asignación de poderes y el cumplimiento de los principios de la distribución de tareas en la gestión de cada proceso corporativo;
  • imponer sanciones disciplinarias en caso de incumplimiento de la conducta establecida;
  • garantizar un manejo adecuado de los informes;
  • garantizar el cumplimiento de los reglamentos aplicables a nivel local y las normas impuestas a nivel del Grupo si estas son más estrictas;
  • garantizar la trazabilidad de los procesos y el archivado de documentación.
  1.  Obsequios y caridad

No se permite ninguna forma de gratificación que solo pueda interpretarse como que excede las prácticas comerciales o la cortesía habituales o que, de cualquier forma, se ofrezca con la intención de recibir un trato favorable en la realización de cualquier actividad relacionada con Interpump. En concreto, se prohíbe cualquier forma de gratificación a funcionarios públicos, ya sean italianos o extranjeros, o a sus familiares, que pueda influir en su juicio independiente o inducirles a asegurar alguna ventaja para su propia empresa. Asimismo, no se permite ofrecer, prometer o dar a terceros particulares, ya sea directa o indirectamente, dinero indebido u otros beneficios para inducirles a realizar u omitir actos incumpliendo las obligaciones inherentes a su cargo o sus obligaciones de lealtad. Asimismo, no se permite solicitar ni recibir de terceros particulares, ya sea directa o indirectamente, dinero indebido u otros beneficios para inducirles a realizar u omitir actos incumpliendo las obligaciones inherentes a su cargo o sus obligaciones de lealtad.

Esta disposición se refiere tanto a los obsequios prometidos, ofrecidos o solicitados, como a los recibidos o entregados, entendiendo por obsequio cualquier tipo de servicio o beneficio indebido.

En todos los casos, el Grupo Interpump se abstendrá de prácticas no permitidas por la ley, las costumbres comerciales o los códigos éticos, si se conocen, de las empresas o entidades con las que se relaciona. Excepcionalmente, solo podrán aceptarse obsequios o regalos de carácter puramente simbólico o personalizado y, en todo caso, por un importe unitario que no supere los 100,00 EUR. Asimismo, los únicos obsequios permitidos a terceros son aquellos que se caractericen por la exigüidad de su valor y que, en todo caso, su importe unitario no supere los 100,00 EUR o estén destinados a promocionar la imagen de la marca de su empresa o del Grupo Interpump. En cualquier caso, queda expresamente prohibido aceptar o realizar (aunque sea con fondos personales) obsequios en efectivo.

En todo caso, todos los obsequios ofrecidos o recibidos, a excepción de los que tengan un valor modesto y, por lo tanto, un importe que no supere los 100,00 EUR, deberán estar debidamente documentados para que el jefe de auditoría interna de Interpump Group S.p.A. o el Organismo de supervisión de las empresas italianas del Grupo que han adoptado un modelo organizativo y de gestión en virtud del decreto legislativo 231/2001, pueda realizar las comprobaciones oportunas. El ofrecimiento de dinero a los colaboradores del Grupo Interpump por parte de terceros con el objetivo de inducirles a realizar u omitir un acto incumpliendo sus obligaciones constituye un delito penado por la ley.

Los colaboradores del Grupo Interpump que reciban dinero, obsequios u otros beneficios más allá de los supuestos permitidos deberán notificarlo al jefe de auditoría interna de Interpump Group S.p.A. o el Organismo de supervisión de las empresas italianas del Grupo que han adoptado un modelo organizativo y de gestión en virtud del decreto legislativo 231/2001, que valorará su adecuación y comunicará al remitente la política del Grupo Interpump al respecto.

  1. Relación con el cliente y calidad de los productos

El Grupo Interpump considera la satisfacción del cliente un factor de suma importancia para su éxito.

En consecuencia, se presta especial atención a comprender las necesidades de los clientes y proporcionar las soluciones que mejor se adapten a sus requisitos. En concreto, la política de Interpump es garantizar unos estándares de calidad adecuados de los servicios o productos ofrecidos según unos niveles predefinidos y, para ello, realiza un seguimiento periódico de la calidad percibida.

Además, las empresas del Grupo Interpump se esfuerzan por desarrollar e implementar sus productos con soluciones técnicas innovadoras que minimicen el impacto medioambiental y el consumo energético y garanticen la máxima seguridad a los clientes.

  1. Relaciones con proveedores

Los procesos de compra se caracterizan por la búsqueda de la máxima ventaja competitiva para el Grupo Interpump, la concesión de las mismas oportunidades a todos los proveedores, la lealtad y la imparcialidad.

En la elección de proveedores, no se permite ni acepta ejercer una presión indebida con el objetivo de favorecer a un proveedor frente a otro y perjudicar la credibilidad y la confianza que el mercado deposita en cada empresa del Grupo en cuanto a la transparencia y el rigor en la aplicación de la ley y de los procedimientos de la empresa.

El Grupo Interpump evalúa y selecciona a sus proveedores mediante métodos objetivos basados, no solo en la calidad, sino también en la innovación, los costes y los servicios ofrecidos, así como en su impacto social y medioambiental y el respeto de los valores establecidos en el Código ético, generando relaciones que deriven en la creación de valor.

  1. Relaciones con instituciones

Las relaciones con las instituciones se reservan exclusivamente a las funciones corporativas específicamente asignadas a tal fin. Estas relaciones deberán caracterizarse por la máxima transparencia, claridad y corrección y de forma que no den lugar a interpretaciones de carácter sesgado, falso, ambiguo o engañoso por parte de los sujetos institucionales, privados y públicos, con los que se mantengan relaciones en diversos ámbitos.

  1. Medioambiente

El Grupo Interpump considera el medioambiente como un activo esencial. Las empresas del Grupo Interpump, en la medida de lo tecnológicamente posible, se comprometen a reducir los impactos medioambientales dentro de sus procesos operativos, con especial atención al ahorro energético, el consumo de agua, la reducción de emisiones a la atmósfera y la reducción de la producción de residuos. El Grupo considera ineludible la necesidad de proteger el medioambiente en beneficio de la comunidad y de las futuras generaciones, y por ello adopta las medidas más adecuadas para preservar el propio medioambiente, fomentando y planificando el desarrollo de sus actividades en consonancia con este objetivo. Por este motivo, las empresas del Grupo se comprometen a minimizar el impacto medioambiental y paisajístico de sus actividades con arreglo a la normativa vigente, teniendo en cuenta y potenciando los avances de la investigación científica y las mejores experiencias al respecto. Específicamente, el Grupo Interpump adopta un enfoque preventivo con respecto a los retos ambientales mediante la implementación de políticas destinadas a la reducción progresiva de los impactos directos e indirectos de sus actividades y el fomento de una mayor sensibilización y compromiso con la protección del medioambiente, tanto a nivel local (calidad del suelo, del aire y el agua del territorio en el que interviene) como en lo referente a los retos globales (biodiversidad y cambio climático).

  1. Relaciones económicas con partes políticas, organizaciones sindicales y asociaciones

El Grupo Interpump no financia partidos políticos, ya sea en Italia o en el extranjero, sus representantes o candidatos, ni patrocina congresos o partidos políticos con fines de propaganda política. Interpump se abstiene de ejercer cualquier tipo de presión directa o indirecta sobre los representantes políticos (por ejemplo, aceptando recomendaciones de contratación, contratos de consultoría, etc.).

El Grupo Interpump no realiza contribuciones a organizaciones con las que pueda surgir un conflicto de interés y, en concreto, no financia sindicatos de trabajadores, ni a sus representantes, ya sea en Italia o en el extranjero, a menos que sea en cumplimiento de las normas aplicables y con total transparencia.

El Grupo Interpump reconoce a los sindicatos de trabajadores y se compromete a mantener con ellos relaciones de leal colaboración.

  1. Relaciones con autoridades antimonopolio y organismos normativos

El Grupo Interpump vela por el pleno y escrupuloso cumplimiento de las normas antimonopolio y de las disposiciones de las autoridades que regulan el mercado. Interpump no niega ni retrasa ninguna información solicitada por las autoridades antimonopolio u otros organismos normativos en sus respectivas funciones de inspección y coopera activamente en el transcurso de los procedimientos de investigación.

  1. Subvenciones y financiación

Las contribuciones, subvenciones o financiación obtenidas de la Unión Europea, el Estado o cualquier otra autoridad pública, aunque sea de un valor e importe pequeño, deben utilizarse para los fines para los que se solicitaron y concedieron.

Asimismo, en caso de participación en procedimientos públicos, los destinatarios de este Código están obligados a actuar de conformidad con la ley y unas prácticas comerciales correctas, evitando específicamente inducir a las administraciones públicas a actuar de forma indebida a favor de las empresas del Grupo Interpump.

  1. Medios de comunicación

Las relaciones con los medios de comunicación se caracterizan por el respeto del derecho a la información.

La comunicación externa de datos o información debe ser veraz, precisa, clara, transparente, respetuosa con el honor y la confidencialidad de las personas y estar coordinada y ser coherente con las políticas de Interpump. La información relativa a Interpump y dirigida a los medios de comunicación solo podrá ser divulgada por las funciones corporativas designadas al efecto o con su autorización, de conformidad con los procedimientos corporativos.

En todo caso y, en concreto, en las relaciones con los medios de comunicación, queda prohibida la propaganda o la incitación e instigación al racismo o la xenofobia, sobre todo cuando se cometa de forma que dé lugar a un peligro concreto de difusión y se base en su totalidad o en parte en la negación del holocausto, los crímenes de genocidio, los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra.

  1. Blanqueo de capitales y terrorismo

El Grupo Interpump lleva a cabo su actividad en pleno cumplimiento de las normas vigentes contra el blanqueo de capitales y el terrorismo y con las disposiciones emitidas por las autoridades italianas y extranjeras competentes, y con este fin se compromete a negarse a llevar a cabo operaciones sospechosas desde el punto de vista de la equidad y la transparencia en todos los países en los que ejerce sus actividades.

En concreto, ni las empresas del Grupo ni sus colaboradores, en el ejercicio de cualquier actividad empresarial y laboral, no podrán estar implicados, de ningún modo y bajo ninguna circunstancia, en el blanqueo de capitales, el autoblanqueo o la reutilización de dinero procedente de actividades ilícitas o delictivas o en operaciones y actividades dirigidas a favorecer el terrorismo.

Para ello, antes de iniciar una relación o estipular contratos con proveedores y otros socios, el Grupo Interpump y sus colaboradores comprobarán la información disponible sobre terceros y sus colaboradores con el fin de cerciorarse de su integridad moral, reputación, buen nombre y la legitimidad de sus actividades.

Los terceros también deberán garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en este apartado.

  1. Exportación de productos

Al exportar productos y también en el caso de cualquier pieza o componente obtenido de su desmontaje, las empresas del Grupo Interpump actúan de conformidad con las normas de «uso dual».

El Grupo Interpump también se compromete a garantizar que sus actividades comerciales se lleven a cabo de modo que bajo ninguna circunstancia infrinjan las leyes internacionales de embargo y control de las exportaciones vigentes en los países en los que ejerce sus actividades.

  1. Propiedad intelectual

El Grupo Interpump protege sus propios derechos de propiedad intelectual, incluyendo patentes, marcas registradas, signos de reconocimiento y derechos de autor, respetando las políticas y procedimientos previstos para su protección. Asimismo, respeta la propiedad intelectual de terceros.

La reproducción no autorizada de software, documentación u otro material protegido por derechos de autor también es contraria a las políticas de Interpump. En concreto, las empresas del Grupo Interpump respetan las restricciones especificadas en los acuerdos de licencia relativos a la producción o distribución de productos de terceros o las estipuladas con sus propios proveedores de software y prohíbe el uso o reproducción de software o documentación fuera de lo permitido por cada uno de los acuerdos de licencia mencionados anteriormente.

  1. Competencia leal

Todas las relaciones con la competencia, reales o potenciales, se caracterizan por la lealtad y la equidad y, en consecuencia, el Grupo desaprueba cualquier tipo de conducta que pueda constituir un impedimento o alteración para el ejercicio de una actividad o negocio.

  1. Crimen organizado

El Grupo Interpump prohíbe cualquier conducta que pueda facilitar, aunque sea indirectamente, la comisión de delitos de carácter asociativo, ya sean de carácter nacional o transnacional, como, en concreto, la asociación delictiva destinada al tráfico ilegal de armas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Los terceros también deberán garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en este apartado.

  1. MÉTODOS DE IMPLEMENTACIÓN
    1. Comunicación y formación

El presente Código ético se comunica a las partes interesadas internas y externas por medio de un programa de actividades de comunicación y difusión adecuadas.

Para garantizar la correcta comprensión de este Código, Interpump Group S.p.A. y sus filiales, elaboran y llevan a cabo, también según las indicaciones del jefe de auditoría interna de Interpump Group S.p.A., o del Consejo de supervisión de las empresas italianas del Grupo que han adoptado un modelo organizativo y de gestión en virtud del decreto legislativo 231/2001, una actividad formativa dirigida a aumentar el conocimiento de los principios y normas éticas recogidos en este Código. Las iniciativas de formación se diferencian según el puesto y la responsabilidad de los colaboradores.

  1. Conflicto con el código ético

En caso de que una sola de las disposiciones del presente Código entre en conflicto con las disposiciones contenidas en los reglamentos internos o los procedimientos de la empresa del Grupo Interpump, el Código ético prevalecerá sobre dichas disposiciones.

  1. Gestión de informes de denuncia de irregularidades

Para promover una cultura basada en la ética y la transparencia, el Grupo Interpump adopta una política de gestión de las denuncias de irregularidades conforme a las mejores prácticas nacionales e internacionales de referencia y en cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios vigentes.

En concreto, el Grupo Interpump se compromete a garantizar que todas las denuncias sobre violaciones de los principios ético-comportamentales establecidos en el Código Ético sean puestos en conocimiento de los organismos corporativos competentes y tramitados por los mismos.

El Grupo Interpump se basa en los siguientes principios a la hora de gestionar los informes:

  • protección de la parte que presenta la denuncia (denunciante) y de la persona denunciada de cualquier tipo o acto de represalia o discriminación;
  • protección de la confidencialidad de la identidad del denunciante;
  • aceptación y evaluación de denuncias anónimas de irregularidades, cuando se basen en elementos de hecho precisos y concordantes;
  • almacenamiento de los datos relativos a todos los informes en medios electrónicos especiales y en zonas de acceso limitado, a las que solo se pueda acceder mediante una autenticación específica previa.

En todo caso y sin perjuicio de lo anterior, los destinatarios del este Código podrán denunciar las infracciones de la que tengan conocimiento en el desempeño de sus actividades a los Encargados de la Gestión de los Informes, a través de los canales previstos por el Procedimiento de gestión de informes de denuncia de irregularidades, publicado en el sitio web de la empresa.

  1. SANCIONES

El cumplimiento de este Código se considerará una parte esencial de las obligaciones contractuales asumidas por los colaboradores y terceros, y es adicional a la obligación de cumplir con las obligaciones generales de lealtad, equidad y cumplimiento de buena fe del contrato laboral.

En concreto, cualquier incumplimiento de las normas del presente Código constituye un incumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación laboral, con todas las consecuencias contractuales y legales, también en cuanto a la relevancia del mismo como falta disciplinaria o la preservación de la relación laboral. También puede implicar una compensación por los daños sufridos por cualquier empresa del Grupo Interpump. Asimismo, para el personal no asalariado y los terceros, la infracción de las normas del presente Código constituye un incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales, con todas las consecuencias legales, incluida la rescisión del contrato o la cancelación del trabajo. También puede implicar una compensación por los daños sufridos por cualquier empresa del Grupo Interpump.